
España se convierte en el tercer país de la UE que legisla contra el despilfarro de alimentos, para no tirar casi 1,4 millones de toneladas de comida al año.
España lucha contra el desperdicio de alimentos con una legislación
El martes 7 de julio de 2022, La Moncloa, la página oficial del Presidente del Gobierno de España y del Consejo de Ministros, emitió un comunicado en el que se informaba de que se había acordado remitir al Parlamento el Proyecto de Ley de Prevención de la Pérdida y el Desperdicio de Alimentos, la primera norma sobre esta materia que se promulga en España, con el objetivo de evitar el descarte de alimentos no consumidos y fomentar su mejor aprovechamiento.

Proyecto de Ley de Prevención de la Pérdida y el Desperdicio de Alimentos
El ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, Luis Planas, destacó tanto el carácter pionero de la futura Ley de Prevención de la Pérdida y el Desperdicio de Alimentos en la UE -sólo Francia e Italia cuentan con normativas similares- como su oportunidad, no sólo porque el hambre y la malnutrición siguen existiendo en el mundo, sino porque "en estos momentos estamos hablando de una posible crisis alimentaria y de la necesidad de producir alimentos en el mundo".
El desperdicio de alimentos, señaló Planas, es una ineficiencia en la cadena alimentaria, en la que se desperdicia el 20% de los alimentos. Para reducir este porcentaje, será obligatorio que todos los elementos de la cadena, a excepción de las tiendas de menos de 1.300 metros cuadrados, cuenten con un plan específico. La ley también impone otras obligaciones, como que los establecimientos de restauración tengan que poner los alimentos no consumidos a disposición de los clientes que los soliciten.
Planas ha destacado que del 20% de las pérdidas a lo largo de la cadena, el 40% se producen en el comercio minorista o en los hogares, por lo que la concienciación social sobre el problema es uno de los pilares de la nueva ley. Durante 2020, los hogares españoles tiraron 1,4 millones de kilos/litros de alimentos, una media de 31 kilos/litros, lo que supone 250 euros por persona y año.
El texto también regula las donaciones a los bancos de alimentos, estableciendo que sólo se podrán donar los alimentos que estén dentro del periodo de consumo preferente, es decir, dentro del periodo en el que todas sus características estén efectivamente vigentes.
Fuente: LaMoncloa.gob.es

Los actores de la cadena alimentaria tendrán la obligación de un plan para evitar desperdicios
El trasfondo es que el problema del desperdicio de alimentos no sólo supone un coste económico y de recursos desperdiciados por productores, distribuidores y consumidores; sino también ético, social y medioambiental. Para minimizar ambos impactos, la ley pretende establecer un modelo de buenas prácticas para reducir drásticamente el desperdicio de alimentos con actuaciones a lo largo de toda la cadena, desde la recolección en origen hasta los hábitos de consumo en los hogares y en la restauración.
Los pasos del consumo
La ley establecerá una jerarquía para priorizar el uso que debe darse a los alimentos antes de que sean desperdiciados por las empresas. El primero es el consumo humano. Por ello, los productores y distribuidores deberán priorizar la donación a entidades sociales sin ánimo de lucro, como los bancos de alimentos, de aquellos productos en buen estado que no hayan llegado a la venta directa al consumidor final.
Planas explicó que, "desde la primera versión de la Ley, hasta la finalmente aprobada por el Consejo de Ministros", se ha modificado que sólo se puedan donar a los bancos de alimentos aquellos productos que estén dentro de las fechas indicadas de consumo preferente.
El segundo paso de esta jerarquía, para los alimentos que no se vendan pero que aún tengan condiciones óptimas de consumo, es su transformación en otros productos, como zumos o mermeladas. Y, si estas dos opciones no son posibles, habrá que destinarlos a la alimentación animal.
Sólo si no es válido para las personas o los animales, los alimentos tendrán que ser utilizados como subproductos para otras industrias; y en última instancia, ya como residuos, para obtener compost, biogás o combustibles.
Además de estos diferentes pasos, todos los actores de la cadena alimentaria (productores, fabricantes y distribución) tendrán la obligación de contar con un plan de prevención de pérdidas y desperdicios, que deberá incluir la anterior jerarquía de prioridades, sobre para qué deben utilizarse los productos que elaboran y manipulan antes de tirarlos. De momento, el Ejecutivo no ha indicado cuándo tendrán que haber desarrollado las empresas este plan de prevención de residuos, pero no incluirá a los establecimientos comerciales de menos de 1.300 metros cuadrados.
Fuente: ElDiaro.es

Sanciones y exigencia de espacios diferenciados en las tiendas
La exigencia de reducir los alimentos que acaban en la basura está en consonancia con los Objetivos de Desarrollo Sostenible, las Naciones Unidas y la Agenda 2030. Precisamente, al hablar de los alimentos que acaban en el contenedor, Luis Planas ha señalado en una entrevista con elDiario.es que la FAO calcula que entre el 20% y el 30% de la producción mundial de alimentos se tira a la basura.
"Es una cifra insoportable porque hay productos que están en buen estado", dijo Planas. "Hay pérdidas y desperdicios en la producción primaria, la manipulación, la distribución y el consumo. El alimento más caro es el que se tira, porque es un producto de despilfarro ambiental, económico y moral", subrayó.
El proyecto también contempla un régimen sancionador, que establece diferentes tipos de infracciones, desde leves hasta muy graves. Las primeras se aplicarán si no se realiza la jerarquización del uso de los alimentos, o las empresas productoras, tiendas y supermercados o bares y restaurantes no donan alimentos a entidades sin ánimo de lucro. Estas sanciones leves pueden alcanzar los 2.000 euros (2.104 dólares).
Si son reiteradas, se considerarán graves, al igual que si se detecta que los agentes de la cadena discriminan en la distribución de alimentos, ya sea por motivos de nacionalidad, identidad de género, religión u origen étnico, entre otros. Estas graves sanciones alcanzarán los 60.000 euros (63.000 dólares)
Por último, si las anteriores sanciones son reincidentes, pueden considerarse muy graves y alcanzar una multa de hasta 500.000 euros (526.000 dólares)
Fuente: ElDiaro.es

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